Intermedio NOM-001-SEDE-2022

NOM-001-SEDE-2022: Guía Completa de la Norma Eléctrica Mexicana

Todo sobre NOM-001-SEDE-2022. Estructura, artículos clave, requisitos obligatorios y cómo aplicarla en instalaciones eléctricas residenciales y comerciales en México.

11 de febrero de 2026 18 min de lectura
NOM-001-SEDEnorma eléctrica mexicanainstalaciones eléctricasUVIEverificación eléctricaAFCIGFCI

¿Qué es la NOM-001-SEDE?

La NOM-001-SEDE-2022 (Norma Oficial Mexicana para Instalaciones Eléctricas de Utilización) es la norma obligatoria que regula el diseño, instalación, operación y mantenimiento de todas las instalaciones eléctricas en México. Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 13 de marzo de 2023 por la Secretaría de Energía (SENER), y está basada en la edición 2017 del National Electrical Code (NEC) de Estados Unidos.

Su cumplimiento es obligatorio en todo el territorio nacional para instalaciones nuevas y remodelaciones. El incumplimiento puede resultar en sanciones económicas, clausura de instalaciones por parte de PROFECO o SENER, negación de contratos de suministro por parte de CFE, pérdida de cobertura de seguros e incluso responsabilidad penal en caso de accidentes.

Historia y Evolución

La NOM-001-SEDE ha evolucionado significativamente desde su primera versión:

VersiónPublicación DOFBase NECCambios principales
NOM-001-SEDE-19991999NEC 1996Primera versión integral para México
NOM-001-SEDE-20052005NEC 2002Requisitos de GFCI obligatorios en baños y exteriores
NOM-001-SEDE-20122012NEC 2008Incorporación de sistemas fotovoltaicos (Art. 690); AFCI como recomendación
NOM-001-SEDE-202213 marzo 2023NEC 2017Versión vigente. AFCI obligatorio (Art. 210.12), carga de vehículos eléctricos (Art. 625), almacenamiento de energía (Art. 706), puesta a tierra actualizada

Principales Novedades de la Versión 2022

La NOM-001-SEDE-2022 introduce cambios significativos respecto a la versión 2012:

NovedadArtículoImpacto
AFCI obligatorioArt. 210.12Protección contra incendio por arco eléctrico en dormitorios, salas, cocinas, comedores, pasillos y closets
Carga de vehículos eléctricosArt. 625Requisitos completos para EVSE (Electric Vehicle Supply Equipment), circuitos dedicados y protecciones
Almacenamiento de energíaArt. 706Nuevo artículo para sistemas de baterías (ESS), complementa sistemas fotovoltaicos
GFCI ampliadoArt. 210.8Protección extendida a áreas de fregaderos, espacios de poca altura (crawl spaces), cercanía a tinas/duchas
Puesta a tierra mejoradaArt. 250Requisitos actualizados para conductores de puesta a tierra de equipos y unión equipotencial
Desconexión rápida FVArt. 690.12Requisito de rapid shutdown para sistemas fotovoltaicos en techos

Estructura de la Norma

La NOM-001-SEDE-2022 se organiza en 10 capítulos con artículos numerados, siguiendo la misma estructura que el NEC 2017 para facilitar la referencia cruzada:

Capítulo 1: Generalidades (Artículos 100-110)

  • Art. 100: Definiciones — términos técnicos oficiales
  • Art. 110: Requisitos generales — espacios de trabajo, accesibilidad, identificación de equipos

Capítulo 2: Alambrado y Protección (Artículos 200-285)

  • Art. 210: Circuitos ramales — tipos, protecciones, conductores mínimos, GFCI y AFCI
  • Art. 210.8: Protección GFCI — ubicaciones obligatorias
  • Art. 210.12: Protección AFCI — obligatoria en áreas habitables de viviendas
  • Art. 215: Alimentadores — cálculo y dimensionamiento
  • Art. 220: Cálculo de cargas — métodos estándar y opcional
  • Art. 225: Circuitos y equipos exteriores
  • Art. 230: Acometidas — requisitos de la alimentación desde CFE
  • Art. 240: Protección contra sobrecorriente — interruptores y fusibles
  • Art. 250: Puesta a tierra y uniones — sistema de tierras

Capítulo 3: Métodos y Materiales de Alambrado (Artículos 300-399)

  • Art. 300: Requisitos generales de alambrado
  • Art. 310: Conductores para alambrado en general — tablas de ampacidad
  • Art. 314: Cajas de salida, jalado y unión
  • Art. 334: Cables tipo NM (no metálicos)
  • Art. 344-362: Canalizaciones (conduit metálico, PVC, etc.)

Capítulo 4: Equipos de Uso General (Artículos 400-490)

  • Art. 404: Interruptores (apagadores)
  • Art. 406: Contactos, clavijas y conectores
  • Art. 408: Tableros de distribución
  • Art. 422: Aparatos electrodomésticos
  • Art. 430: Motores y controladores
  • Art. 440: Equipos de aire acondicionado y refrigeración
  • Art. 480: Baterías de almacenamiento

Capítulo 5: Condiciones Especiales (Artículos 500-590)

  • Art. 500-516: Áreas peligrosas (clasificadas) — gases, polvos, fibras
  • Art. 517: Instalaciones hospitalarias
  • Art. 550: Casas móviles
  • Art. 555: Marinas y muelles

Capítulo 6: Equipos Especiales (Artículos 600-706)

  • Art. 625: Sistemas de carga para vehículos eléctricos (EVSE) — nuevo énfasis en NOM-2022
  • Art. 680: Piscinas, spas e instalaciones similares
  • Art. 690: Sistemas fotovoltaicos (solares) — desconexión rápida (rapid shutdown)
  • Art. 695: Bombas contra incendio
  • Art. 706: Sistemas de almacenamiento de energía (ESS) — nuevo en NOM-2022

Capítulo 7-9: Condiciones Especiales y Tablas

  • Art. 700: Sistemas de emergencia
  • Art. 725: Circuitos de señalización y control
  • Tablas: Ampacidades, factores de corrección, dimensiones de conduit

Artículos Más Utilizados

Los artículos que todo electricista mexicano debe dominar:

ArtículoTemaUso diario
210Circuitos ramales, GFCI y AFCIDiseño de toda instalación
220Cálculo de cargasDimensionamiento de acometidas
240Protecciones contra sobrecorrienteSelección de interruptores y fusibles
250Puesta a tierra y unionesSistema de tierras y bonding
310Conductores y ampacidadSelección de calibres AWG (Tabla 310.16)
430MotoresProtección, conductores y control de motores
625Carga de vehículos eléctricosEVSE residencial y comercial
690Sistemas fotovoltaicosInstalación solar con CFE

Aplicación Obligatoria

¿Quién debe cumplir la NOM-001-SEDE?

La norma aplica a todas las instalaciones eléctricas de utilización en México, incluyendo:

  • Residencias (casas, departamentos, condominios)
  • Comercios (tiendas, oficinas, restaurantes)
  • Industrias (fábricas, talleres, bodegas)
  • Instituciones (escuelas, hospitales, iglesias)
  • Instalaciones temporales (ferias, construcciones)

Excepciones

La NOM-001-SEDE no aplica a:

  • Instalaciones de generación, transmisión y distribución de CFE
  • Instalaciones de telecomunicaciones (reguladas por normas separadas)
  • Instalaciones de señalización ferroviaria
  • Equipo militar

Verificación e Inspección

¿Qué es una UVIE?

Las Unidades de Verificación de Instalaciones Eléctricas (UVIE) son organismos acreditados por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) para verificar el cumplimiento de la NOM-001-SEDE.

¿Cuándo es obligatoria la verificación?

Tipo de instalaciónVerificación UVIEBase legal
Residencial ≤ 10 kW (sin concentración pública)Recomendable, no obligatoriaArt. 110 NOM
Residencial > 10 kWObligatoriaArt. 110 NOM
Comercial (cualquier potencia)ObligatoriaLey LFIC
IndustrialObligatoriaLey LFIC
Lugares de concentración públicaObligatoria (vigencia 5 años)Art. 110 NOM
Áreas clasificadas (peligrosas)Obligatoria (vigencia 5 años)Art. 500-516 NOM

Proceso de verificación

  1. Solicitud: El propietario o constructor solicita la verificación a una UVIE acreditada por la EMA y aprobada por SENER
  2. Revisión documental: La UVIE revisa planos, memorias de cálculo, especificaciones y certificaciones de materiales
  3. Supervisión de obra: Verificación visual durante la construcción (opcional pero recomendada)
  4. Pruebas y mediciones: Resistencia de aislamiento, continuidad de tierras, verificación de protecciones
  5. Acta de evaluación: La UVIE emite un acta de evaluación de la conformidad
  6. Dictamen: La UVIE emite el Dictamen de Verificación con resultado aprobatorio o no aprobatorio
  7. Contrato CFE: Con el dictamen aprobatorio se gestiona el contrato de suministro eléctrico

Consulta de UVIEs acreditadas: SENER mantiene el sistema SEDIVER donde se pueden verificar las UVIEs activas y aprobadas en energia.gob.mx.

Documentación requerida

  • Plano eléctrico unifilar
  • Memoria de cálculo (cargas, conductores, protecciones, caída de voltaje)
  • Cuadro de cargas
  • Especificaciones técnicas y certificaciones de materiales
  • Cédula profesional del proyectista (Ingeniero Eléctrico o Mecánico Electricista)
  • Resultados de pruebas de aislamiento y continuidad de tierras

Sanciones por Incumplimiento

El incumplimiento de la NOM-001-SEDE puede resultar en:

  • Negación de servicio: CFE puede negar o suspender el contrato de suministro eléctrico
  • Clausura: PROFECO o SENER pueden ordenar la clausura de la instalación
  • Multas: Según la Ley Federal de Infraestructura de la Calidad (LFIC), que sustituyó a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización
  • Pérdida de seguros: Las aseguradoras pueden negar reclamaciones si la instalación no cumple la norma vigente
  • Responsabilidad civil: En caso de daños a personas o propiedad por instalación deficiente
  • Responsabilidad penal: En caso de accidentes graves o muerte atribuibles a incumplimiento normativo

Errores Comunes

1. No solicitar verificación UVIE

Muchas instalaciones comerciales e industriales operan sin dictamen de verificación, lo cual es una infracción. Además, en caso de siniestro, el seguro puede negar la reclamación si la instalación no cumple la norma.

2. Usar versiones anteriores de la norma

La versión vigente es la NOM-001-SEDE-2022. Diseñar con versiones anteriores (2012 o 2005) puede resultar en instalaciones no conformes, especialmente en requisitos de GFCI, AFCI y sistemas fotovoltaicos.

3. Confundir requisitos mínimos con buenas prácticas

La NOM-001-SEDE establece mínimos de seguridad, no diseño óptimo. Cumplir la norma no garantiza una instalación eficiente o cómoda; solo garantiza que no será peligrosa. El profesional debe diseñar por encima del mínimo normativo.

Preguntas Frecuentes

¿La NOM-001-SEDE es lo mismo que el NEC?

No, aunque comparten la misma estructura y numeración. La NOM-001-SEDE es una norma mexicana basada en el NEC pero adaptada a las condiciones de México (voltaje 127/220V, frecuencia 60Hz, clima, materiales disponibles, proceso de verificación UVIE). La versión 2022 se basa en el NEC 2017, por lo que algunas provisiones del NEC 2020 y 2023 aún no están incorporadas.

¿Qué es la protección AFCI y desde cuándo es obligatoria?

La protección AFCI (Arc Fault Circuit Interrupter) detecta arcos eléctricos peligrosos que pueden causar incendios. En la NOM-001-SEDE-2012, el AFCI era solamente una recomendación. En la versión 2022 (Art. 210.12), es obligatorio en circuitos de 120V, 15A y 20A que alimentan dormitorios, salas, comedores, cocinas, pasillos, closets y áreas similares de viviendas.

¿Puedo hacer mi propia instalación eléctrica residencial?

Técnicamente, la NOM-001-SEDE no prohíbe las instalaciones realizadas por el propietario. Sin embargo, para obtener un dictamen de verificación UVIE, el proyecto debe estar firmado por un ingeniero eléctrico o mecánico electricista con cédula profesional. Además, para seguridad personal, se recomienda siempre contratar a un electricista certificado.

¿Cada cuánto se actualiza la NOM-001-SEDE?

La norma se revisa aproximadamente cada 5-10 años. La versión 2022 fue publicada en el DOF el 13 de marzo de 2023, reemplazando a la versión 2012. El proceso de actualización incluye consulta pública, comentarios del sector eléctrico y aprobación por SENER y la Dirección General de Normas.

¿Qué diferencia hay entre NOM y NMX en el sector eléctrico?

Las NOM (Normas Oficiales Mexicanas) son de cumplimiento obligatorio por ley, reguladas por la Ley Federal de Infraestructura de la Calidad (LFIC). Las NMX (Normas Mexicanas) son de cumplimiento voluntario y representan buenas prácticas. La NOM-001-SEDE es obligatoria; existen NMX complementarias para temas específicos.

¿Necesito verificación UVIE para ampliar mi instalación?

Sí, cualquier ampliación o modificación significativa de una instalación existente debe cumplir la NOM-001-SEDE vigente y puede requerir una nueva verificación UVIE, especialmente si se incrementa la carga contratada con CFE, se agregan circuitos nuevos o se modifica el tipo de servicio. La nueva verificación debe hacerse bajo la norma 2022.

Recursos Relacionados

¿Te fue útil esta guía?