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Art. 700 NOM-001-SEDE: Sistemas de Emergencia

Guía del Artículo 700. Alumbrado de emergencia, alimentación de respaldo, transferencia automática y requisitos para edificios en México.

📅 11 de febrero de 2026 ⏱ 10 min de lectura
Art. 700sistema de emergenciaalumbrado de emergenciaplanta de emergenciatransferencia automática

Clasificación de Sistemas

ArtículoSistemaObligatoriedadEjemplo
Art. 700EmergenciaObligatorio (vida, seguridad)Salidas, hospitales
Art. 701Reserva obligatoriaObligatorio (continuidad)Bombas, comunicaciones
Art. 702Reserva opcionalVoluntarioComercios, oficinas

Cargas de Emergencia Típicas

CargaArtículoRequisito
Alumbrado de salida y evacuación700.16Obligatorio
Comunicaciones de emergencia700.16Obligatorio
Bombas contra incendio695Obligatorio
Elevadores de emergencia700.16Obligatorio
Ventilación de escaleras700.16Obligatorio
Sistemas de alarma760Obligatorio
Equipos médicos críticos517Obligatorio en hospitales

Fuentes de Alimentación de Emergencia

FuenteAutonomíaTiempo de transferenciaCosto
Batería (UPS)30 min - 4 hInstantáneo (0 ms)Bajo-medio
Planta de emergencia (diesel)Ilimitada (combustible)10-30 segundosAlto
Planta de emergencia (gas)Ilimitada10-30 segundosAlto
Inversores con batería2-8 h< 10 msMedio
Doble acometida CFEN/AAutomáticoVariable

Tiempo máximo de restablecimiento

SistemaTiempo máximo
Art. 700 (Emergencia)10 segundos
Art. 701 (Reserva obligatoria)60 segundos
Art. 702 (Reserva opcional)Sin tiempo definido

Requisitos del Cableado de Emergencia

RequisitoDetalle
Canalizaciones separadasCircuitos de emergencia en conduit exclusivo
IdentificaciónCircuitos marcados con color o etiqueta
Sin tomar del mismo tableroTablero exclusivo para emergencia
Protección contra incendioCable resistente al fuego o conduit
AccesibilidadSolo personal autorizado

Alumbrado de Emergencia

Niveles mínimos de iluminación

ZonaNivel mínimo
Ruta de evacuación10 lux a nivel de piso
Escaleras50 lux
Señalización de salida50 cd/m² (señal iluminada)
Áreas de reunión10 lux
Estacionamientos5 lux

Autonomía mínima

TipoAutonomía
Luminarias autónomas (con batería)90 minutos mínimo
Sistema central (planta)Mientras haya combustible
UPS centralizado90 minutos mínimo

Transferencia Automática (700.5)

RequisitoDetalle
TipoInterruptor de transferencia automática (ATS)
OperaciónAutomática, sin intervención manual
Tiempo de transferencia≤ 10 segundos para Art. 700
RetransferenciaAutomática o manual al restituirse la red
PosicionesNormal (CFE), Emergencia (planta), Apagado

Pruebas y Mantenimiento

PruebaFrecuenciaRequisito
Arranque de la plantaSemanalCon carga o sin carga
Prueba con cargaMensual30% mínimo de carga
Inspección visualMensualNivel de combustible, baterías
Prueba completa (2 h)Anual100% carga nominal
Mantenimiento preventivoSemestralFiltros, aceite, baterías

Preguntas Frecuentes

¿Todos los edificios necesitan sistema de emergencia?

No. Los sistemas Art. 700 son obligatorios para hospitales, edificios altos, centros de reunión (+300 personas), hoteles, y edificios públicos. Los negocios pequeños y casas generalmente no lo requieren.

¿Las lámparas de emergencia autónomas son suficientes?

Para negocios pequeños y locales con menos de 100 personas, las luminarias autónomas con batería pueden ser suficientes para cumplir con el alumbrado de evacuación (90 minutos de autonomía). Para edificios grandes, se requiere un sistema centralizado.

¿Puedo usar paneles solares como sistema de emergencia?

Solo con inversor híbrido y baterías. Los paneles solares con inversor grid-tie no funcionan durante apagones (protección anti-isla). Se requiere un sistema que opere de forma independiente a la red.

¿Cuánto cuesta una planta de emergencia?

Una planta de emergencia diesel varía según la capacidad: 10 kW ≈ $80,000 MXN, 30 kW ≈ $200,000 MXN, 100 kW ≈ $600,000 MXN. Esto incluye la planta pero no la obra civil, transferencia automática ni instalación.

¿La UVIE verifica el sistema de emergencia?

Sí, la UVIE verifica que los sistemas de emergencia cumplan con los Art. 700-702, incluyendo la autonomía, el tiempo de transferencia, el alumbrado mínimo en rutas de evacuación y las pruebas periódicas documentadas.

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